Deuda Hacienda
Le ayudamos a solucionar sus deuda con Hacienda. Ya es posible el perdón con la nueva Ley de la Segunda Oportunidad.
El perdón ya es posible.

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Perdón parcial de la deuda Tributaria
Este criterio jurisprudencial, también es aplicable a la deuda con la Seguridad Social.
Cobro de prestaciones, subsidios, ayudas o pensiones con deuda en Hacienda.
La Administración, normalmente limita la concesión de ayudas, subsidios, pensiones o cualquier otro tipo de prestación, a la circunstancia de encontrarse al día de pago de las deudas. Por ello, el beneficiario de dicha prestación, debe acreditar estar al corriente de las deudas con la administración.
La normativa en la que se ampara dicha medida, pretende proteger los intereses del Estado, pero en ocasiones, se produce un círculo vicioso del que el deudor no puede salir. Necesita cobrar la prestación para poder saldar la deuda y si no la cobra, no puede pagarla.
Existen posibilidades para poder solicitar aplazamiento de la deuda con la Administración. Sin embargo, dichas opciones no son muy facilitadoras, siendo a veces inaccesibles para el deudor. Especialmente cuando se ha dejado ya de pagar un aplazamiento, las opciones de refinanciarlo de nuevo, son casi nulas.
A través de la Ley de la Segunda Oportunidad, se puede conseguir una nueva refinanciación de la deuda con Hacienda en condiciones más ventajosas. De esta forma, se podrán tener muchas más posibilidades de justificar estar al día de la deuda. Una vez se justifica estar cumpliendo el nuevo plan de pagos, se podrá conseguir la prestación inicialmente denegada.
Accede a ayudas, subsidios, prestaciones o pensiones denegadas por tener deuda con la Administración.