Deuda Administración

Ya es posible el perdón de todas las deudas. También las de la Administración.

  • Consigue el perdón de todas las deudas con la Administración.
  • Hasta 20.000 € por Ley.
  • Resto por decisión judicial.

A partir del 17 de febrero del 2021 es de aplicación la Directiva Europea para el perdón de la Deuda con la Administración.

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Deuda Pública

Te ayudamos a tramitar el perdón de la deuda con la Administración.

Perdón mínimo previsto legalmente de 20.000 euros.

Perdón deuda Hacienda

El perdón de la deuda con la Administración Pública ya es posible.

 
Directiva europea (UE) 2019/1023 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de junio de 2019 sobre reestructuración e insolvencia.
Directiva Comunidad Europea perdón deudas
 
La directiva europea, prevé el perdón total de la deuda con la Administración no más tarde del 17/07/2021, fecha límite para que los estados miembros adapten su normativa interna.
Aunque la directiva prevé un plazo de adaptación para los estados miembros, finalizado el mismo, es de obligado cumplimiento.

Por ello, a partir del 17 de febrero del 2021, los estados miembros de la Comunidad Europea, deben permitir el perdón de todo tipo de deudas. Eso incluye, además de las privadas, las deudas con la Administración Pública (Hacienda y Seguridad Social) que hasta ahora no eran perdonables en su totalidad.

 

La Comunidad Europea exige a los estados miembros, el perdón de todas las deudas.

Efectivamente, la Comunidad Europea pretende que todos los estados miembros apliquen de forma real el perdón total de las deudas. La Ley de la Segunda Oportunidad en especial y la Ley concursal en general, han otorgado determinados privilegios a algunos tipos de créditos. Eso ha impedido conseguir el perdón total de las deudas respecto a estos créditos privilegiados.

Entre dichos créditos privilegiados, se encuentran los de la administración pública. Tanto por cantidad de deudores como por volumen de deuda, es una de las principales preocupaciones de los españoles. Para conseguir una verdadera segunda oportunidad, es esencial que este tipo de deudas también se perdonen. El Parlamento Europeo es conocedor de esta necesidad, y por ello obliga a los estados miembros a adaptar su normativa interna al servicio de este propósito del perdón total. Al contrario de lo que puede parecer, el perdón de las deudas, no solamente beneficia al deudor.

 

 

Objetivo del perdón: Evitar la economía sumergida y el dinero negro.

De no permitirse un perdón efectivo de la deuda, se condena al deudor a permanecer excluido del sistema. Ello supone que la persona insolvente, se verá forzada a trabajar en economía sumergida. Como consecuencia de ello, buscará cobrar “dinero negro” en cualquier trabajo que le permita eludir la acción de la justicia y los embargos. Al estar fuera del sistema, el deudor no pagará impuestos a Hacienda. Tampoco su empleador pagará cotizaciones a la Seguridad Social. Eso sin duda perjudica no solamente a las arcas del Estado, sino también al tejido económico y laboral de un país. Cualquier estado que fomenta una economía paralela que escape de su control, provocará consecuencias nefastas a medio-largo plazo para el país tales como:

  • Menos recursos públicos.
  • Más inseguridad jurídica.
  • Pérdida de poder adquisitivo del trabajador.
  • Reducción de garantías sociales.
  • Menor bienestar social.
  • Menos recursos públicos.
  • Pérdida de derechos del trabajador.

 

Beneficio del perdón: reincorporar al sistema a los deudores insolventes.

La alternativa más rentable, es por tanto renunciar al cobro de cantidades que en la práctica tampoco se cobrarán. El deudor procurará eludir la acción de la justicia trabajando de espaldas al sistema para permanecer oculto. Así evita que le quiten el dinero que necesita para subsistir.

Esta renuncia al cobro de los créditos privilegiados “incobrables” de la Administración, permitirá que el deudor vuelva a trabajar inmerso en el sistema y a pagar de nuevo impuestos y cotizaciones. La cantidad que percibirá el estado como consecuencia de ello, por regla general, será muy superior a la que ha dejado de cobrar perdonando la deuda incobrable. Así se da una verdadera segunda oportunidad al deudor que beneficia a todos; al propio deudor pero también al acreedor.

El perdón legal exigible a la Administración, es de hasta 20.000 euros. 10.000 euros por parte de Hacienda y 10.000 euros a la Seguridad Social. Ello sin perjuicio de considerar extensible el perdón al resto de la deuda que pudiera haber en aplicación de la directiva europea comentada.

 

Los tribunales, partidarios del perdón de la deuda con la Administración.

Consiga aplazar o eliminar su deuda con la Administración (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Ayuntamientos, Diputaciones…) a través de los procedimientos previstos en la Ley. La Ley ya permite cancelar la deuda pública a través de la Ley de la Segunda Oportunidad. Asimismo, la Directiva Europea de obligado cumplimiento para los estados miembros, obliga al perdón de toda la deuda con la Administración desde el 17/07/2021. La previsión es que no solamente de una parte sino del total. Hasta esta fecha ha venido siendo perdonada por los tribunales un 70% de los intereses y de las sanciones.
 
  • Sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares de 21 septiembre del 2016 sobre la posibilidad de cancelar deudas con la Administración a través de la Ley de la Segunda Oportunidad. 
  • Sentencia Tribunal Supremo 381 /2019, de 2 de julio sobre la posibilidad de perdonar por encima del 70% de deuda de la Seguridad Social y Hacienda a los autónomos y pagar a plazos el resto hasta en 5 años.
  • DIRECTIVA (UE) 2019/1023 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de junio de 2019.

No permita que le quiten más de la cuenta. La Ley establece un límite de embargabilidad en relación a sus ingresos.

Consulte qué parte de sus ingresos está obligado a pagar como máximo para satisfacer sus deudas, averiguando su límite de embargabilidad.
 

 

Aplazamiento de la deuda con la Administración Pública.

Aplazamiento deuda administración

Para cuando puedes pagar la deuda con la Administración pero no toda de golpe. Con la nueva Ley, también es más fácil aplazar la deuda con la Administración Pública. Podemos ayudarte.

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Cuando te deniegan el aplazamiento o te piden demasiado, podemos ayudarte.

No siempre se consigue el perdón de la deuda. En ocasiones tampoco conviene y es mejor optar por un aplazamiento. 

Sin embargo, por parte de la Administración, a veces se deniega esta opción por haberse incumplido ya algún aplazamiento. Otras, se plantea en unos términos inviables o inasumibles para el deudor.

La Ley concursal, a través de un procedimiento llamado solicitud del BEPI especial, también tiene remedio. Para cualquiera de estos supuestos, se puede aprobar un nuevo aplazamiento que ya no se regirá por la normativa administrativa. Será el Juez el que decida en última instancia la cantidad que hay que pagar y los plazos en los que puede hacerse. Sin lugar a dudas, se aplicarán criterios mucho más flexibles y razonables.

Básicamente se debe hacer posible pagar a quien lo quiere hacer pero no se lo permiten en condiciones aceptables.

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